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Sentencia TFN INLEG-2022-85932348-APN-VOCV#TFN

La carga de la prueba corresponde a quien afirma hechos que sirven de sustento a su pretensión, conforme al artículo 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Iva Ganancias Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discuten determinaciones de oficio por parte del órgano fiscal en materia del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2012, que incluyen la impugnación de créditos fiscales y pasivos comerciales debido a la presunción de operaciones fraudulentas con proveedores que carecen de capacidad operativa y están caracterizados como apócrifos. Se analiza la validez de las facturas emitidas por estos proveedores, la documentación proporcionada para acreditar las operaciones y los medios de prueba al alcance del contribuyente para desvirtuar las imputaciones fiscales. Asimismo, se evalúa la aplicación de multas administrativas, intereses resarcitorios y la procedencia de compensaciones solicitadas. El Tribunal examina cuestiones probatorias en torno a la identidad y actuación de proveedores, el cumplimento formal y material de las normas impositivas, el alcance de la carga de la prueba, y las presunciones legales aplicables en materia tributaria. También se consideran los criterios jurisprudenciales sobre el cómputo del crédito fiscal, la legitimidad de los actos administrativos y el análisis de la existencia o inexistencia real de las operaciones gravadas.

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