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AGROSERVICIOS PEDERNAL S.R.L. s/recurso de apelación –Impuesto al Valor Agregado

La notificación realizada en el domicilio fiscal electrónico, conforme a lo dispuesto en la ley y las reglamentaciones vigentes, es válida y produce efectos legales para el contribuyente.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que determinó la obligación tributaria por Impuesto al Valor Agregado e impuso multas. La controversia gira en torno a la notificación de dicha resolución, la presunta falta de recepción en el domicilio fiscal real y la legitimidad de la notificación electrónica en el domicilio fiscal electrónico, obligatorio para los contribuyentes. Se examinan las etapas administrativas previas, los plazos legales para impugnar y la adecuación de la notificación conforme a la legislación vigente, incluyendo normas reglamentarias y la implementación obligatoria del domicilio fiscal electrónico.

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