QUICKFOOD S.A c/ D.G.A. s/recurso de apelación
El carácter programático del Tratado de Asunción no implica la prohibición concreta y perentoria para que los Estados miembros establezcan derechos de exportación hacia otros países miembros del MERCOSUR.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la denegación de devolución de derechos de exportación pagados por exportaciones con destino a un país miembro del MERCOSUR. Se discutió si la imposición de tales derechos resultaba incompatible con las obligaciones asumidas por el Estado argentino en el Tratado de Asunción y si la resolución que estableció los derechos de exportación era contraria a la Constitución. El Tribunal examinó el carácter programático del tratado, la interpretación jurisprudencial sobre la ausencia de prohibición concreta para establecer derechos de exportación dentro del MERCOSUR, y la competencia para declarar la inconstitucionalidad de normas. Se evaluaron además antecedentes normativos, doctrinas del propio Tribunal y pronunciamientos de la Corte Suprema en la materia.
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