ASOCIACIÓN DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOP. LTDA. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
Los actos administrativos basados en normas posteriores declaradas nulas e inconstitucionales carecen de sustento jurídico válido y, por ende, no pueden mantener la denegación de derechos reconocidos con anterioridad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la resolución administrativa que rechazó la solicitud de devolución de derechos de exportación pagados en exceso relacionados con una destinación aduanera específica de soja. La controversia se centró en la aplicación de distintas alícuotas vigentes en fechas previas y posteriores respecto a la presentación de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), y la validez de normas posteriores que modificaban requisitos y alícuotas. Se examinaron antecedentes judiciales que declararon la inconstitucionalidad y nulidad de normas aplicadas por la administración para sustentar el rechazo, así como la jurisprudencia vinculada a la devolución en moneda nacional de tributos pagados inicialmente en pesos tras conversión cambiaria. El Tribunal consideró los principios de seguridad jurídica, la uniformidad jurisprudencial y el respeto a sentencias firmes, evaluando el efecto no retroactivo de la ley modificatoria y la adecuada moneda y tipo de cambio aplicables para la devolución solicitada.
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