INSUMOS Y COMPLEMENTOS S.R.L. s/apelación- y su acumulado Nro, 48.884-I de igual carátula
Para configurar la defraudación fiscal prevista en el artículo 46 de la ley 11.683 es necesario acreditar la conducta antijurídica junto con la intención defraudatoria, entendida como la realización de declaraciones engañosas u ocultaciones maliciosa
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizan recursos de apelación contra multas originadas por inconsistencias detectadas en declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y del impuesto al valor agregado correspondientes a periodos fiscales específicos. La controversia gira en torno a la configuración del dolo impositivo y la existencia de conductas engañosas o maliciosas en la presentación de información tributaria, en particular la omisión o errónea contabilización de ciertos rubros, como una provisión por devolución de mercaderías que no se ajustaba a la ley. Se examinan las pruebas ofrecidas, la actuación del ente fiscal, la aplicación del artículo 47 de la ley 11.683 con sus presunciones legales, y la carga de la prueba sobre la no existencia del elemento subjetivo reprochado. El Tribunal desarrolla un análisis sobre la conceptualización del dolo fiscal y la interpretación de las presunciones legales, evaluando la adecuación de la sanción impuesta conforme a la normativa vigente y los antecedentes del caso.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: