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El recurso de amparo previsto en el artículo 182 de la ley 11.683 procede para proteger derechos o intereses de administrados cuando exista demora excesiva o pasividad injustificada de la Administración en la realización de un trámite administrativo.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo interpuesto por una empresa ante la supuesta demora excesiva de la Administración Federal de Ingresos Públicos en resolver una solicitud de pago derivada de una sentencia judicial definitiva que reconoció una suma a su favor. El caso involucró la tramitación reglada bajo una resolución general específica, donde se discutió la procedencia y razonabilidad de la gestión administrativa, incluyendo rectificaciones formales efectuadas por la parte solicitante y la realización de diligencias por parte de la autoridad fiscal. El Tribunal examinó si existió inactividad o pasividad administrativa configurativa de demora excesiva, estableciendo que el amparo procede frente a la falta de respuesta o retrasos injustificados, y que el remedio no implica la obligación de resolver en un sentido particular, sino de evitar la paralización del trámite.

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