BARENSI SA s/apelación
El agente de retención no puede computar a su favor las retenciones de IVA realizadas a proveedores cuando se pruebe que aquellas retenciones gravan operaciones inexistentes o apócrifas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizan las impugnaciones tributarias contra una empresa cuya actividad principal es la venta y procesamiento de granos, en periodo fiscal de 2005 a 2009, relacionadas con el uso de facturas atribuidas a proveedores considerados apócrifos o inexistentes. Se discuten aspectos sobre la aplicación y cómputo de retenciones de IVA, la existencia material y validez de las operaciones comerciales con ciertos proveedores, la deducibilidad fiscal en ganancias de gastos no documentados y la imposición de sanciones por defraudación fiscal. El Tribunal examina los medios de prueba aportados, la carga probatoria respecto de la existencia real de las operaciones, la capacidad operativa imputable a los proveedores, la jurisprudencia aplicable en materia de retenciones y operaciones inexistentes, así como la calibración de sanciones conforme a los elementos objetivos y subjetivos del ilícito fiscal. El análisis se centra en la interpretación de normas tributarias específicas, la correcta imputación del impuesto y las consecuencias fiscales de la presentación de documentación falsa o inexistente.
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