ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación
En el régimen de importación temporaria, la carga de prueba sobre el cumplimiento de la obligación de reexportar o nacionalizar la mercadería dentro del plazo establecido recae en el beneficiario del régimen, sea el importador o su garante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de apelación presentado por una aseguradora que actuaba como garante en un procedimiento administrativo por infracción al Código Aduanero, vinculada al incumplimiento de obligaciones derivadas de una importación temporaria. La controversia giró en torno a la extensión de la responsabilidad de la aseguradora por tributos y multas generados por la falta de reexportación o nacionalización dentro del plazo legal, la naturaleza de la garantía otorgada, y la interpretación de los tipos de tributos incluidos en dicha garantía. Además, se analizó la carga de la prueba respecto al cumplimiento de obligaciones de importación temporaria y la aplicabilidad de ciertos tributos y sanciones como el derecho adicional y percepciones de impuestos, conforme a la normativa aduanera, jurisprudencia relevante y principios del Código Civil y Comercial. Se valoró también la legitimidad de la intervención y reclamos contra la aseguradora acompañados de criterios jurisprudenciales sobre la relación entre deudor principal y garante.
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