LA PERSEVERANCIA SEGUROS S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación
La carga de la prueba del cumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de importación temporaria recae sobre el importador o su garante, quienes deben acreditar la reexportación o nacionalización de la mercadería dentro del plazo otorgado m
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto por una aseguradora que actuaba como garante en un régimen de importación temporaria ante una sanción y exigencia de pago de tributos y multas por parte del servicio aduanero, debido al incumplimiento en la reexportación o nacionalización de mercaderías dentro del plazo establecido. Se discutió la legitimación pasiva del garante y el alcance de su responsabilidad, así como la procedencia y cálculo de diversas obligaciones tributarias, incluidos derechos adicionales y percepciones de IVA e impuesto a las ganancias. El Tribunal examinó la normativa aduanera aplicable, la carga de la prueba sobre el cumplimiento de obligaciones del régimen de importación temporaria, la naturaleza y efectos del seguro de caución contratado, y la relación entre el concurso o quiebra del importador con la obligación de pago del garante. También se consideraron precedentes jurisprudenciales relevantes sobre derechos adicionales y la facultad de la autoridad aduanera para exigir percepciones tributarias tras el vencimiento de la presentación de declaraciones juradas.
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