BRASCA ALEJANDRO SAUL s/recurso de apelación
No es procedente el recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación respecto de actos que declaran la caducidad de planes de facilidades de pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia del recurso de apelación interpuesto contra la comunicación de caducidad de un plan de facilidades de pago al que se había acogido un contribuyente. El Tribunal examinó la normativa aplicable, en especial el artículo 76 de la Ley N° 11.683 y las modificaciones introducidas por la Ley N° 27.430, que inciden sobre la procedencia de los recursos contra actos que declaran la caducidad de planes de pago. Se evaluaron las cuestiones jurídicas relacionadas con el alcance y límite de la vía recursiva habilitada para impugnar dichos actos, considerando la naturaleza y efecto legal del acto administrativo recurrido y las excepciones previstas legalmente para la interposición de recursos.
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