IURINO ANTONIO SALVADOR c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ RECURSO DE APELACIÓN
Para sancionar una infracción por declaración inexacta que implique una prohibición a la importación, es necesario que dicha prohibición surja de manera expresa e inequívoca de la norma legal o reglamentaria aplicable al caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que condenó solidariamente a un despachante de aduana y a una empresa por presunta infracción al Código Aduanero, por presentar declaraciones inexactas en una destinación de importación. La controversia se centra en la discrepancia entre las cantidades, modelos y valores FOB declarados en la destinación y los certificados de importación obligatorios para ciertos artículos, cuestionándose si dicha discrepancia configura una transgresión a una prohibición de importación y, por ende, una infracción sancionable. El Tribunal examinó la normativa aplicable sobre certificaciones requeridas, la naturaleza jurídica de las prohibiciones de importación, la competencia del servicio aduanero para establecerlas, y la interpretación jurisprudencial sobre la necesidad de una prohibición explícita en la ley para sancionar infracciones de este tipo. También se evaluó si la conducta podría encuadrar en infracciones menos graves previstas en el Código Aduanero, y el correspondiente análisis probatorio y legal derivado de los informes técnicos y certificados aportados.
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