MALTERIA PAMPA S.A. c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ RECURSO DE APELACIÓN
La infracción prevista en el artículo 954 inciso c) del Código Aduanero sanciona la declaración inexacta que produzca un egreso o ingreso de divisas distinto al que corresponda en operaciones de importación o exportación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la controversia surgida de la imposición de una multa por infracción al artículo 954 inciso c) del Código Aduanero, relacionada con una supuesta declaración inexacta del precio FOB declarado en una operación de exportación de malta de cebada. El punto central es la discrepancia entre el precio declarado en Argentina y el valor constatado en Brasil, para el mismo embarque vendido a través de una empresa intermediaria vinculada radicada en Uruguay. Se examina si la operación triangulada con ventas sucesivas entre empresas vinculadas constituye una maniobra para desviar divisas o si corresponde aceptar el valor declarado, precisamente por la existencia de contratos y documentación formal que respaldan el precio inicial. Se discuten además los alcances de la normativa aduanera sobre valoración, la interpretación del principio de veracidad de la declaración aduanera, el uso del sistema informático INDIRA para detección de variaciones de precio, y la aplicación del principio de plena competencia conforme a directrices internacionales y legislación local. En el fallo se consideran también los estándares de prueba aplicables en el ámbito administrativo sancionatorio y la distinción entre sanciones administrativas y penales, analizando los mecanismos probatorios y reglas de interpretación de la infracción en materia aduanera, particularmente en contextos donde intervienen precios de transferencia entre partes vinculadas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: