SRIO AV.INF.LEY 24769 por la cual se solicitó a la AFIP que emita las correspondientes determinaciones de oficio en los términos del art. 18 de la Ley 24.769
La carga de la prueba sobre la existencia y veracidad de las operaciones comerciales corresponde al contribuyente cuando el organismo fiscal presenta indicios graves y concordantes que ponen en duda dicha existencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el presente caso se analizó una fiscalización respecto de operaciones comerciales realizadas entre una contribuyente dedicada a la comercialización y elaboración de productos vegetales y un conjunto de 37 proveedores de granos, presuntamente apócrifos o con capacidad operativa y económica insuficiente para efectuar las operaciones declaradas. La controversia giró en torno a la existencia real de dichas operaciones, la veracidad y suficiencia probatoria de la documentación respaldatoria, la idoneidad de los proveedores para operar en el mercado y los controles efectuados por el organismo fiscal durante la vigencia de las operaciones. Se examinaron cuestionamientos mutuos entre el contribuyente y la AFIP, incluyendo aspectos relativos a la individualización del beneficiario de las erogaciones, la acreditación del destino de los fondos, y las consecuencias tributarias de las operaciones no documentadas o apócrifas, en el marco del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto al Valor Agregado y las salidas no documentadas. El Tribunal consideró la adecuación del estándar probatorio aplicado, la valoración de indicios, la jurisprudencia relevante de la Corte Suprema, y la carga de la prueba en relación con la existencia material y jurídica de las operaciones comerciales en controversia.
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