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SRIO AV.INF.LEY 24769 por la cual se solicitó a la AFIP que emita las correspondientes determinaciones de oficio en los términos del art. 18 de la Ley 24.769

La carga de la prueba sobre la existencia y veracidad de las operaciones comerciales corresponde al contribuyente cuando el organismo fiscal presenta indicios graves y concordantes que ponen en duda dicha existencia.

Iva Ganancias Salidas no documentadas Competencia Costas Retencion

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el presente caso se analizó una fiscalización respecto de operaciones comerciales realizadas entre una contribuyente dedicada a la comercialización y elaboración de productos vegetales y un conjunto de 37 proveedores de granos, presuntamente apócrifos o con capacidad operativa y económica insuficiente para efectuar las operaciones declaradas. La controversia giró en torno a la existencia real de dichas operaciones, la veracidad y suficiencia probatoria de la documentación respaldatoria, la idoneidad de los proveedores para operar en el mercado y los controles efectuados por el organismo fiscal durante la vigencia de las operaciones. Se examinaron cuestionamientos mutuos entre el contribuyente y la AFIP, incluyendo aspectos relativos a la individualización del beneficiario de las erogaciones, la acreditación del destino de los fondos, y las consecuencias tributarias de las operaciones no documentadas o apócrifas, en el marco del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto al Valor Agregado y las salidas no documentadas. El Tribunal consideró la adecuación del estándar probatorio aplicado, la valoración de indicios, la jurisprudencia relevante de la Corte Suprema, y la carga de la prueba en relación con la existencia material y jurídica de las operaciones comerciales en controversia.

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