CLADD ITA S.A. (TF 22.343-A) c/ D.G.A
El artículo 142 ap.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la confirmación de un cargo formulado por un presunto faltante no justificado de mercadería (superfosfato) detectado tras la descarga de un buque en el puerto de San Nicolás. La controversia se centró en la determinación y aplicación de la tolerancia por faltante, la responsabilidad solidaria del agente de transporte aduanero y el transportista, y la correcta liquidación de tributos derivados del faltante, incluyendo IVA, IVA adicional e Impuesto a las Ganancias. Se examinaron las pruebas documentales aportadas, tales como manifiestos y documentación de pago tributario, la interpretación del artículo 142 del Código Aduanero y su vinculación con hechos imponibles de tributos nacionales, así como precedentes jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia sobre la extinción de la facultad del organismo recaudador para exigir percepciones una vez cerrado el período fiscal.
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