DISTRIBUIDORA RUTA 5 S.A. S/APELACIÓN
El acogimiento voluntario a planes de facilidades de pago declarados vigentes implica desistimiento de la acción y del derecho respecto de los períodos fiscales incluidos en dichos planes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La controversia versa sobre la determinación y cobro del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias correspondiente a períodos fiscales comprendidos entre abril de 2011 y agosto de 2013. Se examina la situación en que el contribuyente regularizó las deudas bajo planes de facilidades de pago vigentes a distintas fechas, presentando esta regularización luego de dictada una sentencia inicial del Tribunal que confirmaba las determinaciones fiscales pero revocaba multas. Se analiza la interacción entre la aceptación de planes de pago, la firmeza de las sentencias y el desistimiento del contribuyente respecto a la acción y derecho sobre determinados períodos fiscales. El Tribunal evalúa la legitimidad del desistimiento, el momento procesal adecuado para informar la regularización, y las consecuencias jurídicas del acogimiento a planes de facilidades, considerando normativa específica y principios procesales atmosféricos en materia tributaria.
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