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MISKA S.A. c/DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/recurso de apelación

El desistimiento del recurso de apelación puede efectuarse en cualquier estado de la causa anterior a la sentencia, conforme a los artículos 304 y 305 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Competencia Multa Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución de la Aduana que rechazó una impugnación y requirió el pago de derechos de exportación, más intereses. Durante el proceso, la recurrente desistió del recurso y manifestó su intención de acogerse a un régimen permanente de facilidades de pago previsto en la normativa vigente para regularizar deudas impositivas y aduaneras, incluso aquellas en discusión administrativa o judicial. El Tribunal examinó las implicancias procesales del desistimiento conforme a los artículos 304 y 305 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, así como el alcance y procedimientos establecidos en la Resolución General de la AFIP que regula la facilización de pagos. También se consideró la asignación de costas conforme a las disposiciones procesales y aduaneras aplicables, evaluando el contexto y las condiciones en que se efectuó el desistimiento.

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