OLEAGINOSA MORENO HERMANOS S.A.C.I.F.I.A. c/DGA s/ recurso de apelación
La ley aplicable para el cálculo de derechos de exportación es la vigente al momento de cierre de la venta registrada mediante declaración jurada ante la autoridad competente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación contra una resolución administrativa que rechazó la solicitud de repetición de pagos en exceso de derechos de exportación correspondientes a una operación registrada con fecha concreta y gravada inicialmente a una alícuota superior a la que la ley establecía en el momento del cierre de la venta. La controversia gira en torno a la aplicación temporal de la ley de derechos de exportación, la validez y alcance de disposiciones posteriores que modificaron requisitos para acreditar la tenencia o adquisición de mercaderías, y la inclusión de la firma en un listado emitido por el organismo de control (ONCCA) que condicionaba la alícuota aplicada. Se cuestionó la retroactividad de normas posteriores y la legitimidad de actos administrativos relacionados, en un contexto en el que el Tribunal examinó además antecedentes judiciales que declararon la nulidad de ciertas resoluciones del ONCCA. El análisis se centró en la interpretación de leyes y reglamentos vigentes, el respeto a principios constitucionales y tributarios tales como la legalidad y seguridad jurídica, y la correlación entre hechos imponibles y momentos imponibles, con atención particular a la validez de actos administrativos y su prueba. También se evaluó la moneda adecuada para la devolución requerida.
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