Sentencia TFN INLEG-2023-88743973-APN-VOCXXI#TFN
La infracción prevista en el artículo 954 inciso c) del Código Aduanero exige la existencia de una inexactitud en la declaración aduanera que produzca o pueda producir un ingreso o egreso de divisas distinto al efectivamente correspondiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso se centra en la correcta aplicación del artículo 954 inciso c) del Código Aduanero respecto a una supuesta infracción por no ingreso de divisas derivadas de una operación de exportación. Se examinó si la conducta sancionada corresponde a una declaración inexacta aduanera o si compete al Banco Central de la República Argentina (BCRA) la fiscalización del cumplimiento del ingreso de divisas, dada la normativa cambiaria vigente. La controversia giró en torno a la interpretación de la expresión legal que sanciona el ingreso o egreso de importes pagados distintos a los declarados y la delimitación de competencias entre la autoridad aduanera y la entidad cambiaria.
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