BARDENGO SEBASTIÁN s/apelación
La litispendencia procede cuando existen dos procesos pendientes entre las mismas partes, por la misma causa y con idéntico objeto para evitar sentencias contradictorias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se resolvió un recurso de apelación contra una determinación de oficio del Aporte Solidario y Extraordinario establecido por la Ley 27.605 para el período fiscal 2020, que incluyó la imputación de una multa. Se planteó una excepción de litispendencia debido a la existencia de una acción declarativa de certeza en trámite ante la justicia federal, que cuestiona la constitucionalidad de la misma ley y su aplicación en el caso concreto. La controversia jurídica giró en torno a la procedencia de esa excepción, vinculada a la identidad o conexidad entre ambos procesos, la naturaleza y alcance de las pretensiones, así como a la adecuación de la vía recursiva administrativa frente a planteos constitucionales. El Tribunal analizó los requisitos para la excepción de litispendencia, interpretando la doctrina sobre las identidades de partes, causa y objeto, las implicancias procesales de la acción declarativa de certeza y el bloqueo o suspensión que ésta podría implicar para la tramitación tributaria.
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