SIEMENS S.A. c/DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/recurso de apelación
Las multas y sanciones correspondientes a obligaciones tributarias vencidas al 31 de mayo de 2016 que no estén firmes ni abonadas a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 27.260 pueden ser condonadas de pleno derecho, siempre que la obligación pri
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que impuso una multa y cargos por tributos a una empresa importadora por la infracción de no nacionalizar oportunamente mercadería importada en forma temporaria. Se discutieron la prescripción de la acción fiscal para imponer multas y la cancelación de tributos mediante un plan de facilidades de pago. Además, se examinó la aplicabilidad del régimen de condonación de multas previsto en la Ley 27.260 y sus reglamentaciones, considerando si la multa era aún no firme y si la obligación tributaria principal había sido cancelada en tiempo conveniente. El Tribunal evaluó aspectos formales y materiales del procedimiento sancionatorio, la validez de los actos administrativos y los requisitos legales para acceder a la condonación, integrando la doctrina legal sobre el alcance de este régimen en materia aduanera.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: