Sentencia TFN IF-2023-17010846-APN-VOCIX#TFN
El beneficio de litigar sin gastos se concede a personas que carecen de recursos en sentido estricto, entendiéndose aquellos en situación de pobreza que no pueden afrontar el pago de la tasa de actuación sin afectar su derecho a defensa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó una solicitud de beneficio de litigar sin gastos formulada por una sociedad comercial concursada en el marco de un recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación. La recurrente adujo imposibilidad para afrontar los costos procesales debido a su situación económica y concurso preventivo declarado judicialmente. La administración fiscal y el tribunal investigaron la procedencia del beneficio, considerando la normativa aplicable, la capacidad económica del solicitante y la prueba presentada para respaldar la carencia de recursos. Se evaluó además la extensión del beneficio a personas jurídicas, la interpretación restrictiva del beneficio para evitar privilegios indebidos y, en particular, la reducción en el pago de la tasa de actuación prevista para concursados.
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