CLORINDA DISTRIBUCIONES S.R.L. s/ Apelación
Para que proceda la declaración de nulidad de un acto administrativo es necesario que exista un vicio o violación procesal que cause indefensión, debiendo acreditarse un perjuicio concreto y fundarse en un interés jurídico legítimo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtió la validez y fundamentación de determinaciones de oficio de impuestos (Impuesto a las Ganancias e IVA) practicadas para el ejercicio fiscal 2015 de una empresa que declaró operaciones comerciales y deudas que el fisco consideró inexistentes o no justificadas documentalmente. Se analizaron las inconsistencias detectadas entre las declaraciones del contribuyente y los informes obtenidos de proveedores, así como diferencias entre créditos fiscales declarados y los libros contables. En el proceso, se examinó la procedencia del recurso de nulidad por falta de fundamentación y la aplicación de presunciones legales para determinar obligaciones tributarias cuando la documentación o registros presentan deficiencias. También se consideró la carga de la prueba correspondiente y la naturaleza indemnizatoria de los intereses resarcitorios. El Tribunal evaluó la adecuación del procedimiento fiscal seguido, la fundamentación de los actos administrativos cuestionados y la suficiencia probatoria aportada para desvirtuar las presunciones de la Administración.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: