AGENCIA MARITIMA BRISTOL SRL c/ Dirección General de Aduanas s/ recurso de apelación
La tolerancia del seis por mil establecida para efectos fiscales para la medición por sistema de control de calados y sondaje de tanques se extiende también a otros sistemas de pesaje, como la balanza fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un reclamo tributario derivado de un cargo por la diferencia de mercadería faltante detectada tras la descarga de un buque, vinculado a la actuación de un agente de transporte aduanero responsable solidario según el Código Aduanero. La controversia giró en torno a si la diferencia detectada, menor al 0,6%, se encontraba dentro del margen de tolerancia permitido para efectos fiscales y si dicha tolerancia era aplicable al método de medición utilizado (balanza fiscal vs. sistema de calado y sondaje). Además, se discutieron aspectos relacionados con la aplicación del IVA, IVA adicional e impuesto a las ganancias respecto de la mercadería faltante, así como la correcta interpretación de las presunciones legales y procedimientos de justificación previstos en la normativa aduanera. El Tribunal evaluó la normativa aduanera y jurisprudencia relevante para determinar el alcance de la tolerancia en faltantes a la descarga y la responsabilidad tributaria del agente de transporte aduanero en este contexto.
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