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EMERSON ARGENTINA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ RECURSO DE APELACIÓN

El régimen de importación temporaria establece la obligación del importador de acreditar mediante documentación aduanera adecuada el cumplimiento de las condiciones impuestas, como la reexportación de la mercadería dentro del plazo otorgado.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió un reclamo contra una resolución administrativa que impuso multa y tributos por presunta infracción al régimen de importación temporaria de mercaderías. La controversia gira en torno a la posible nulidad del procedimiento por un supuesto exceso en el plazo para su sustanciación y la exigencia tardía de acreditar el cumplimiento del régimen, que expiró hace más de diez años. El Tribunal analizó si, a pesar del tiempo transcurrido, el derecho de defensa se vio vulnerado y examino el deber del importador de conservar y presentar la documentación aduanera necesaria para acreditar la reexportación o cumplimiento de las obligaciones del régimen. Asimismo, se evaluó la aplicación del principio in dubio pro reo y la posibilidad de reducción de la multa. El análisis incluyó la interpretación del artículo 970 del Código Aduanero respecto a la carga de la prueba y las consecuencias administrativas por incumplimiento, así como la validez del plazo razonable según estándares constitucionales y de derechos humanos.

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