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Afianzadora Latinoamericana Compañía de Seguros S.A c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación

El artículo 1137 del Código Aduanero dispone que si uno de los recurrentes en un procedimiento por infracción opta por la vía judicial, se considera que todos los recurrentes han interpuesto recurso ante dicha vía.

Competencia Multa

¿Qué se resolvió en el fallo?

El caso aborda el recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que impuso una multa a una firma importadora por una supuesta infracción aduanera, con responsabilidad solidaria de una compañía de seguros afianzadora. Se examinaron antecedentes administrativos y procesales, incluyendo la existencia de una demanda judicial concurrente ante la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal. El análisis principal giró en torno a la interpretación y aplicación del artículo 1137 del Código Aduanero, que establece el procedimiento a seguir cuando al menos uno de los recurrentes opta por la vía judicial, evaluando las implicancias procesales de esta situación y la competencia para el tratamiento acumulativo del expediente en sede judicial.

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