Sentencia TFN IF-2023-132650871-APN-VOCXI#TFN
El cambio de domicilio fiscal sólo surte efectos legales si se comunica fehacientemente y en forma directa en las actuaciones administrativas en trámite.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó el recurso de apelación interpuesto contra dos resoluciones administrativas que impusieron obligaciones tributarias en materia de impuesto a las ganancias e impuesto al valor agregado para varios periodos fiscales. Las controversias giraron en torno a la validez de las notificaciones efectuadas, la presunta nulidad por falta de causa o extralimitación en la determinación de oficio, y la legitimidad de las impugnaciones sobre gastos y créditos fiscales vinculados a operaciones con proveedores presuntamente apócrifos. Se evaluó la carga probatoria respecto a la demostración de la existencia real de las operaciones comerciales y la procedencia del reconocimiento de gastos y créditos fiscales. Además, se examinó la aplicación de sanciones por omisión en la presentación y pago de tributos, así como la solicitud de eximición basada en un supuesto error excusable. El Tribunal abordó criterios interpretativos relativos al derecho a la defensa, los requisitos formales para la comunicación de cambios domiciliarios, la correcta aplicación de presunciones legales y la interpretación jurisprudencial vigente en materia de cómputo del crédito fiscal y determinación de gastos deducibles.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: