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SKF ARGENTINA SA C/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS S/REC. DE APELACIÓN

La prescripción de la acción del fisco para exigir el pago de tributos aduaneros es de cinco años, comenzando a correr el primero de enero del año siguiente al de la comisión de la infracción.

Competencia Nulidad Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un caso relativo a la prescripción de la acción del fisco para reclamar tributos e imponer sanciones en el marco de una supuesta infracción aduanera relacionada con un despacho de importación temporaria. Se discutió la aplicación y cómputo de los plazos de prescripción establecidos en el Código Aduanero, así como la validez y efectos del auto de apertura de sumario como causal de suspensión de la prescripción. Además, se examinó la importancia de la notificación dentro de los plazos legales y su impacto en la defensa administrativa del presunto infractor. La discusión se centró en la interpretación de normas específicas del régimen aduanero y su relación con principios constitucionales, la Ley de Procedimientos Administrativos y precedentes jurisprudenciales para precisar la procedencia de la suspensión o declaración de prescripción, y la validez de actos administrativos sustantivos y formales en el proceso sancionatorio-administrativo.

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