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TRANSPAQ S.R.L. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación

El fin comercial o industrial requerido para la aplicación del artículo 986 del Código Aduanero debe referirse a la comercialización o industrialización de la mercadería y no al mero transporte realizada por el transportista.

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un caso en el que una empresa dedicada al transporte de encomiendas fue sancionada por transportar mercadería de origen extranjero sin la debida identificación aduanera, en infracción al artículo 986 del Código Aduanero. La controversia se centró en determinar si la empresa transportista tenía fines comerciales o industriales con respecto a la mercadería, así como en evaluar la correcta aplicación de la carga de la prueba sobre la legítima introducción de la mercadería. Se examinaron las implicancias jurídicas del transporte de mercaderías cerradas, la responsabilidad del transportista en cuanto a la identificación de remitentes y destinatarios en los documentos de transporte, y la interpretación jurisprudencial respecto a la exigencia del medio identificatorio aduanero para configurar la infracción. Se discutió además la razonabilidad de las medidas adoptadas por la autoridad aduanera y la suficiencia de la investigación realizada para imputar la infracción.

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