PRODUCTOS DE MAÍZ S.A. c/ DGA s/ Recurso de Apelación
Cuando una declaración jurada de venta al exterior se realiza bajo el régimen de la Ley 21.453, es esta ley la que establece el régimen sancionatorio aplicable y no el Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó el recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que impuso una multa por incumplimiento en la exportación de mercadería declarada en una Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE). Se discutió la procedencia del régimen sancionatorio aplicable, cuestionándose si correspondía aplicar el Código Aduanero o la ley específica sobre ventas al exterior. Se analizaron los antecedentes relacionados con los plazos para concretar la exportación, la solicitud de prórroga presentada fuera de término y la comunicación del incumplimiento a la autoridad aduanera. Se evaluó además la posibilidad de aplicación del instituto de la autodenuncia para atenuar la sanción. El Tribunal consideró la normativa aplicable, los hechos probados y la interpretación de las causales de exención o reducción de responsabilidad contenidas en la ley y el Código Aduanero.
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