Sentencia TFN IF-2023-105319011-APN-VOCXVI#TFN
El valor en aduana debe incluir los cánones y derechos de licencia relacionados con las mercaderías importadas cuando estos sean condición de venta y no estén incluidos en el precio realmente pagado o por pagar, conforme al artículo 8 del Acuerdo rel
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examina la impugnación de una resolución administrativa que impone sanciones por supuestas infracciones aduaneras derivadas de la importación de películas en casetes digitales beta por parte de dos firmas, una licenciataria de derechos de exhibición y otra prestadora de servicios courier. La discusión principal gira en torno a la correcta determinación del valor en aduana de dichas mercaderías, considerando si deben incorporarse los derechos de licencia pagados por el uso de las películas al valor declarado y si la responsabilidad por el pago de tributos y eventuales infracciones recae en cada una de las firmas según su rol y obligaciones formales reportadas ante la Aduana. Se analiza además la aplicación de normas y métodos de valoración aduanera conforme a tratados internacionales y legislación local, la interpretación de la titularidad o posesión de las mercaderías a efectos tributarios, y el régimen aplicable a la declaración de contenido y pago de tributos por parte del courier. El Tribunal pondera distintos estándares jurídicos, incluyendo normas del Código Aduanero, la legislación civil en materia de propiedad y posesión, disposiciones del Acuerdo GATT de 1994, y criterios jurisprudenciales, para resolver la legitimidad del ajuste valorativo y la atribución de infracciones respectivas.
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