SADESA S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación
La devolución de sumas abonadas en demasía como beneficios a la exportación, producto de errores sistemáticos en la fórmula de cálculo, es legalmente procedente y no constituye una modificación retroactiva de un criterio interpretativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtió la legalidad de una resolución administrativa que rechazó recursos de impugnación contra liquidaciones manuales que exigían la devolución de montos abonados en exceso por beneficios a la exportación. La controversia radicó en determinar si el ente aduanero actuó correctamente al reclamar esos pagos en exceso, a partir de la corrección de fórmulas erróneas aplicadas en liquidaciones previas y la aplicación de normas posteriores que reformularon dichos cálculos. Se analizaron aspectos relativos a la competencia para emitir instrucciones, la naturaleza jurídica de las disposiciones objetadas, la interpretación de normas aduaneras aplicables y la posible aplicación retroactiva de esas disposiciones. El Tribunal examinó precedentes de la Corte Suprema y su propia doctrina para discernir entre errores de liquidación y cambios de criterio interpretativo, para fundamentar si correspondía confirmar la resolución e imponer costas a la parte demandante.
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