PBB POLISUR SA c/ DGA s/ recurso de apelación
El artículo 954 inciso c) del Código Aduanero sanciona la realización ante el servicio aduanero de una declaración que difiera con lo comprobado y que produzca o pueda producir un egreso o ingreso desde o hacia el exterior de un importe pagado o por
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que impuso una multa por infracción al artículo 954 inciso c) del Código Aduanero, debido a una diferencia entre el monto girado al exterior y el valor FOB declarado en una destinación aduanera de importación. Se examinan las alegaciones respecto a la justificación de esta diferencia mediante la modalidad de pagos parciales y anticipados dentro de una cuenta corriente entre importador y proveedor. Se evalúa la prueba pericial contable ofrecida y la doctrina aplicable, así como la posible condonación de la multa bajo el régimen legal vigente, en particular bajo la ley 27.260 y su interpretación por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El Tribunal descarta la procedencia de la condonación y, tras analizar la infracción en la normativa aduanera, valora la diferencia entre el valor declarado y el monto efectivamente pagado, considerando su idoneidad para configurar el egreso discordante sancionado, concluyendo sobre la legalidad de la multa impuesta.
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