EX-2022-71282754-APN-SGASAD#TFN (ACERBRAG SA
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una norma tributaria o aduanera en un caso concreto, salvo que la Corte Suprema haya efectuado previamente dicha declaración.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la procedencia de la repetición de derechos de exportación abonados conforme al Decreto 793/2018, planteándose la cuestión sobre la validez constitucional de dicho decreto que estableció un gravamen ad valorem para exportaciones. Se evalúan las disposiciones del Código Aduanero y la normativa relacionada, además de la jurisprudencia relevante, en particular un precedente de la Corte Suprema que cuestiona la delegación de potestades tributarias al Poder Ejecutivo. Se examina la interpretación del principio de legalidad tributaria y los límites a la facultad reglamentaria en materia impositiva, así como las consecuencias jurídicas derivadas de la eventual inconstitucionalidad del decreto y su validación posterior por ley. Asimismo, se considera la competencia del Tribunal para declarar inconstitucionalidades y la incidencia de fallos plenarios previos del propio Tribunal sobre la resolución de los casos de devolución en sede administrativa.
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