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Sentencia TFN IF-2023-151977948-APN-VOCXIII#TFN

La carga de la prueba del cumplimiento de las obligaciones de la importación temporaria recae sobre el beneficiario del régimen, quien debe demostrar fehacientemente mediante documentación aduanera el cumplimiento de la reexportación dentro del plazo

Iva Ganancias Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un recurso de apelación contra resoluciones administrativas que impusieron multa y liquidaron tributos sobre la base de la supuesta infracción de no cumplir con las obligaciones del régimen de importación temporaria para perfeccionamiento industrial. La controversia gira en torno a si la firma importadora reexportó en término la mercadería importada luego de someterla a un proceso industrial, conforme al régimen aplicado, presentando para su defensa documentación relacionada con el Certificado de Tipificación y Clasificación (CTC), permisos de embarque, y facturas que respaldan la relación insumo-producto. El Tribunal examinó la integración probatoria respecto a la verificación de la correcta relación insumo-producto, las diferencias observadas entre las mermas declaradas y las establecidas en el CTC, la aplicación del régimen legal y reglamentario vigente, así como la interpretación y alcance del CTC como determinante de la cancelación de las destinaciones temporarias. También se abordó la cuestión del ajuste por Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) y la conversión monetaria de las obligaciones de pago surgidas de la infracción. La discusión incluyó el examen del cumplimiento estricto de las obligaciones del régimen y la configuración o no del ilícito aduanero por imposibilidad de acreditar completamente la reexportación en término de determinadas cantidades de mercadería.

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