Brillo Stella Maris s/recurso de apelación
La nulidad de un acto administrativo debe estar fundada en la demostración concreta de vicios y perjuicios concretos sufridos por el interesado, no siendo suficiente su alegación en forma abstracta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se revisa la legalidad de una multa aplicada por la Administración Federal de Ingresos Públicos debido a omisiones en la presentación de declaraciones juradas del impuesto al valor agregado correspondientes a varios períodos fiscales del año 2019. Se analiza un planteo de nulidad de la resolución que impuso la sanción, cuestionando la motivación del acto administrativo y la posible arbitrariedad. Asimismo, se examina la configuración de la infracción prevista en el artículo 45 de la ley 11.683, que requiere comprobar la omisión de pago y el medio comisivo consistente en la falta o inexactitud de declaraciones juradas, considerando la ausencia de error excusable. También se evalúa la graduación de la multa con base en la presunta reincidencia, confrontando el período de imposición de la sanción previa y el momento de comisión de la nueva infracción, conforme a lo estipulado por el artículo 50 de la misma ley. El Tribunal aborda tanto cuestiones procedimentales como fácticas y jurídicas en orden a determinar la validez y proporcionalidad de la multa impuesta.
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