TU MEJOR SOMMIER S.R.L. s/ recurso de apelación
Para que se configure una nulidad procesal en materia administrativa debe existir un vicio formal que cause indefensión, lo que requiere acreditar un perjuicio concreto y un interés jurídico en la parte afectada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que determinó un ajuste de IVA respecto al período fiscal 08/2016 para una sociedad de responsabilidad limitada. La controversia surgió por la titularidad de las ventas realizadas a través de un portal de comercio electrónico, el cual había informado ventas a nombre de la sociedad a partir del 01/08/2016, mientras que las ventas previas correspondían a una persona física que después constituyó esa sociedad. Se discutió si el hecho imponible debía atribuirse a la sociedad desde esa fecha o continuaba con la persona física, considerando la demora en la actualización de la titularidad de la cuenta en el portal, la emisión y facturación de las ventas, y la relación contractual con dicho sitio. También se examinaron la validez y motivación del acto administrativo impugnado, la admisión y oportunidad de pruebas, y la correcta notificación de actos procesales. El análisis del Tribunal incluyó la interpretación del artículo 5º de la ley del IVA en cuanto al momento de perfeccionamiento del hecho imponible y la aplicación de la doctrina de actos propios para evaluar la postura del contribuyente respecto a la titularidad y declaración de las operaciones.
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