LOS GROBO AGROPECUARIA SA c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
La reducción de la multa por autodenuncia conforme al artículo 917 del Código Aduanero no procede cuando la infracción consiste en el mero incumplimiento de los plazos acordados para la realización de destinaciones u operaciones, conforme al apartado
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una sanción impuesta por la Dirección General de Aduanas relativa a la multa por incumplimiento de la exportación comprometida en la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) bajo el régimen de la ley 21.453 y el Código Aduanero. La controversia giró en torno a la aceptación o rechazo de la reducción de multa basada en una autodenuncia y sobre la correcta determinación del porcentaje aplicable a la multa, interpretando la normativa aduanera vigente y la relación entre el Código Aduanero y la ley específica citada. Se examinaron los plazos y condiciones para aplicar beneficios de reducción de multa y la interpretación del principio de la ley penal más benigna para determinar la regla aplicable entre normas overlapping. Además, se valoraron las circunstancias de la presentación extemporánea de la falta de cumplimiento y la adecuada graduación de la sanción.
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