LA PERSEVERANCIA SEGUROS S.A. c/ DGA s/ Recurso de Apelación
La carga de la prueba sobre el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la importación temporaria recae en el importador o su garante, quien debe acreditar fehacientemente dicha situación mediante la documentación aduanera reglamentaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto por una aseguradora contra una resolución administrativa que le exigía el pago de tributos derivados de una infracción aduanera relacionada con la importación temporaria de mercaderías. La controversia giró en torno a la extensión de la responsabilidad del garante (aseguradora) respecto de los tributos reclamados, la constitucionalidad y aplicación de la normativa específica que regula el régimen de importaciones temporarias y garantías, y los alcances del seguro caución respecto a la cobertura de las obligaciones tributarias de la importadora garantizada. El Tribunal examinó la documentación probatoria relativa al cumplimiento de las obligaciones de reexportación o nacionalización de la mercadería, los rubros tributarios objeto de la deuda, y la aplicación de mecanismos legales de actualización monetaria, así como la interpretación de precedentes judiciales en cuanto al Derecho Adicional, el IVA adicional y la percepción del impuesto a las ganancias. Se evaluó también la legitimidad y límites de la garantía otorgada por la aseguradora y la naturaleza legal del seguro de caución como garante solidario del cumplimiento de las obligaciones aduaneras y tributarias del tomador.
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