FLUVIOMARS.A. C/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
El agente de transporte aduanero es responsable por la inexactitud de la declaración presentada ante la Aduana, aunque la misma derive de errores u omisiones del cargador o exportador extranjero, dado que este último no se encuentra sujeto a la legis
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó una apelación presentada por una firma de transporte aduanero contra una resolución que le impuso multa y tributación por diferencias en la cantidad de mercadería declarada en el manifiesto de carga y la efectivamente descargada, lo que se consideró una infracción al Código Aduanero. La controversia se centró en determinar si la diferencia detectada se debió a un error ajeno al transportista y si la rectificación presentada para justificar dicha diferencia fue realizada en tiempo y forma conforme a la normativa aplicable. Se evaluaron aspectos relacionados con la responsabilidad del agente de transporte aduanero frente a la declaración a la Aduana, la validez de la carta de rectificación presentada, y la acreditación de las causas que originaron la diferencia, incluyendo informes y comunicaciones con la Aduana de Bolivia. El Tribunal examinó la interpretación del artículo 954 del Código Aduanero, el alcance del principio de inalterabilidad de la declaración, y los plazos legales para justificar diferencias entre lo declarado y lo comprobado.
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