PALERMO NORMA DELFINA s/ recurso de apelación
Las acciones y poderes del fisco para imponer sanciones tributarias de naturaleza penal prescriben a los cinco años, contados desde el 1º de enero siguiente al año de la comisión de la infracción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examina un recurso de apelación relativo a la aplicación de multas equivalentes a tres veces los impuestos supuestamente defraudados, correspondientes al Impuesto a las Ganancias y al Impuesto sobre los Bienes Personales del año 2006. Se discuten excepciones de nulidad y prescripción presentadas por la apelante, que cuestiona la falta de motivación y firma válida de las resoluciones, así como la inexistencia de denuncia penal en su contra y el vencimiento del plazo para exigir las sanciones. El Tribunal analiza la naturaleza penal de las infracciones, la inaplicabilidad retroactiva de normas suspensivas posteriores y la corrección del cómputo del plazo de prescripción, ponderando la relación entre el derecho tributario sancionatorio y los principios constitucionales relativos a la retroactividad y la garantía del debido proceso.
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