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BAVOSI S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación

El Certificado de Libre Circulación emitido por la autoridad sanitaria es requisito indispensable y exclusivo para la liberación de mercaderías sujetas a prohibiciones no económicas en materia aduanera.

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió un recurso de apelación contra una multa impuesta por la Dirección General de Aduanas a una empresa importadora por haber liberado mercadería sin contar con el Certificado de Libre Circulación emitido por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), requisito indispensable para importar ciertos productos alimenticios. La controversia giró en torno a la notificación fehaciente de la inspección realizada por el INAL, la ausencia del certificado requerido en el plazo legal, y la consecuencia jurídica de disponer de la mercadería sin la autorización sanitaria correspondiente. El Tribunal examinó la admisibilidad de las pruebas ofrecidas, la interpretación de la normativa aduanera y sanitaria vigente aplicable, y la relevancia del conocimiento normativo presumido del importador habitual de este tipo de productos. También se consideró la cuestión de la graduación de la multa y la posible existencia de una diferencia tributaria, cuestionada por la empresa pero no reclamada formalmente. El análisis del Tribunal se centró en el cumplimiento de las formalidades para la autorización sanitaria, las prohibiciones aduaneras de carácter no económico, la imposibilidad de reemplazar el Certificado de Libre Circulación por otros documentos, y la validez de las notificaciones cursadas.

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