Viera Argentina S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación
En el derecho administrativo sancionador puede establecerse responsabilidad objetiva del garante de cumplir obligaciones normativas, sin necesidad de probar culpa o dominio del hecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una multa impuesta por una presunta infracción al régimen de importación temporaria, atribuida a una empresa que había obtenido habilitación para la pesca de calamar con un buque extranjero. La controversia giró en torno a si la empresa incumplió las condiciones de permanencia y egreso del buque, especialmente en relación con la obligación de notificar a la autoridad aduanera la rescisión del contrato de arrendamiento del buque y su posterior reexportación. Se examinó la interpretación normativa sobre las obligaciones formales y sustanciales del régimen de importación temporaria, la imputación de responsabilidad administrativa independiente de la acción material, y la diferenciación entre responsabilidad administrativa y penal, haciendo énfasis en los deberes de colaboración con la administración y en la responsabilidad objetiva del garante del cumplimiento normativo. El Tribunal consideró los elementos probatorios y administrativos disponibles, discutió la aplicación correcta de las normas del Código Aduanero y la normativa específica de importación temporaria, así como los estándares para atribuir responsabilidad a la parte habilitada.
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