EX-2023-136473188-APN-SGASAD#TFN (SYNGENTA AGRO SA
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la invalidez de un decreto que impone derechos de exportación cuando existe una ratificación legislativa posterior que valida dicho acto normativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la cuestión relativa a la repetición de derechos de exportación abonados por una empresa exportadora en virtud del Decreto 793/18, el cual estableció un tributo ad valorem sobre las exportaciones. El planteo controvertido gira en torno a la constitucionalidad de dicho decreto, cuestionado por haberse dictado sin el sustento de una ley formal que autorice la imposición tributaria, lo que generó un debate sobre la delegación legislativa en materia tributaria y la aplicación del principio de legalidad. Se examinan antecedentes jurisprudenciales de la Corte Suprema, especialmente el precedente "Camaronera Patagónica", y la intervención del Poder Ejecutivo mediante normas reglamentarias y delegadas. Asimismo, se evalúa la facultad del Tribunal para pronunciarse sobre la inconstitucionalidad, considerando el artículo 1164 del Código Aduanero y la ratificación legislativa posterior contenida en la ley 27.467. El Tribunal analiza la aplicación de un Acuerdo Plenario previo, que fijó doctrina legal respecto al periodo de vigencia del decreto sin ley ratificatoria, así como el impacto en las solicitudes de devolución. Se consideran también criterios jurisprudenciales concordantes y la potestad normativa para establecer derechos de exportación, junto con la imposición de costas en función de la procedencia del planteo jurídico.
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