Sentencia TFN IF-2024-36588758-APN-VOCXIX#TFN
Para la procedencia del recurso de amparo por demora excesiva en trámites aduaneros es necesario que exista demora injustificada, perjuicio derivado de la misma y solicitud previa de pronto despacho ante la autoridad administrativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto ante la demora excesiva en la resolución de un pedido de devolución de derechos de exportación en el ámbito aduanero. La controversia surgió por una solicitud presentada en noviembre de 2021, cuyo trámite evidenció falta de movimiento por más de dos años, a pesar de la petición de pronto despacho en diciembre de 2023. La cuestión principal fue determinar si existió demora injustificada en el procedimiento administrativo y si dicho retraso generaba o no un perjuicio, conforme al artículo 1160 del Código Aduanero. El Tribunal examinó los plazos normativos aplicables, la presentación formal del pronto despacho y el momento en que se inició finalmente el expediente de devolución, evaluando a su vez la procedencia del recurso ante la eventual satisfacción del trámite con posterioridad a la interposición del amparo.
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