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CASEY TRANSPORTADORA S.A. s/ recurso de apelación

Para configurar la sanción prevista en el artículo 45 de la ley 11.683 es necesario verificar tanto el elemento material u objetivo, consistente en la omisión del pago del impuesto al vencimiento, como el elemento subjetivo, relacionado con la intenc

Iva Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que aplicó una multa incrementada al 200% sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) omitido en la declaración jurada del período fiscal determinado. El Tribunal examinó hechos relevantes como la presentación tardía de una declaración rectificativa con un saldo a favor del fisco, el análisis del incumplimiento tributario y la valoración de la supuesta existencia de un "error excusable" alegado por el contribuyente. Se discutió la interpretación y aplicación del artículo 45 de la ley tributaria pertinente, la distinción entre la configuración objetiva de la infracción y el elemento subjetivo de culpa, así como los estándares jurisprudenciales para la exención de responsabilidad basada en error excusable. Además, se valoró la fundamentación probatoria requerida para acreditar dicha eximente y la consideración de reincidencia para la graduación de la multa.

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