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MONACHESSI MAXIMILIANO c/ DGA s/ recurso de apelación

La carga de la prueba del cumplimiento de las obligaciones del régimen de importación temporaria recae sobre el beneficiario del régimen, quien debe acreditar la reexportación en término de la mercadería.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un caso de infracción aduanera por el incumplimiento del régimen de importación temporaria de un vehículo particular, específicamente la falta de reexportación dentro del plazo legalmente establecido. Se examinaron las circunstancias fácticas expuestas para justificar la imposibilidad de cumplir en término, incluyendo motivos de salud y responsabilidades personales que, según el infractor, habrían constituido fuerza mayor. El Tribunal estudió la normativa aplicable, la carga de la prueba y los requisitos para que el caso fortuito opere como eximente de responsabilidad. Además, se abordó la naturaleza objetiva de la responsabilidad administrativa en materia aduanera, diferenciándola del derecho penal y considerando la ausencia de exigencia de dolo o culpa para la imposición de sanciones. También se profundizó en la doctrina jurisprudencial sobre la responsabilidad objetiva, el papel del error de prohibición y la interpretación del principio de culpabilidad en el ámbito sancionatorio administrativo. El análisis incluyó referencias a la jurisprudencia nacional y europea sobre programas de cumplimiento y su incidencia en la atenuación de sanciones.

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