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SILVER FISH S.A. s/ Apelación

Para computar el crédito fiscal en el IVA, no basta con la mera existencia formal de la factura, sino que debe verificarse la material efectivización de la operación que la respalda.

Iva Ganancias Competencia Nulidad Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizan las apelaciones interpuestas por una sociedad dedicada a la compraventa y elaboración de productos de mar contra resoluciones de la AFIP que impusieron ajustes en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias derivados de la impugnación de facturas emitidas por determinados proveedores considerados apócrifos. La controversia gira en torno a la existencia y materialidad de las operaciones comerciales acreditadas solo mediante facturas cuestionadas por la falta de capacidad operativa, inconsistencia en domicilios fiscales, ausencia de comprobantes de pago y la inclusión de los proveedores en bases de datos que sugieren irregularidades fiscales. Se discute también la procedencia de multas por defraudación basadas en presunciones legales y la constitucionalidad del uso de la base e-Apoc como indicio. El Tribunal examina los aspectos formales y probatorios del caso, la carga de la prueba, el tratamiento de las presunciones, el debido proceso, la proporcionalidad de las sanciones y la jurisprudencia aplicable al cómputo del crédito fiscal y deducción de gastos, destacando la necesidad de acreditar la efectiva realización de la operación comercial para validar los beneficios fiscales reclamados.

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