EX-2023-140070092-APN-SGASAD#TFN (EARLY CROP SA
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la invalidez de una ley en un caso concreto cuando se plantea su inconstitucionalidad, conforme al artículo 1164 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la procedencia de la devolución de derechos de exportación abonados con base en el decreto 793/2018, cuestionando su validez constitucional por haber sido dictado sin una ley formal que autorizara su establecimiento, en relación al principio de legalidad tributaria y la prohibición de delegación legislativa en materia tributaria previstas por la Constitución. Se examinó la interpretación del artículo 755 del Código Aduanero y la jurisprudencia de la Corte Suprema, particularmente el precedente Camaronera Patagónica, así como la posterior ratificación legislativa mediante la ley 27.467. La controversia giró en torno a si el decreto operó en el período entre su vigencia y la sanción de la ley validante y si correspondía declarar su nulidad y ordenar la devolución de las sumas pagadas. El Tribunal consideró el límite de su competencia para declarar inconstitucionalidades, remitiéndose a la doctrina legal establecida en un fallo plenario reciente que condiciona su análisis y resolución. Asimismo, se analizaron las consecuencias del momento imponible fijado en el Código Aduanero y la limitación del tribunal para modificar lo dispuesto por la Dirección General de Aduanas en casos similares.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: