ARAUCO ARGENTINA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ RECURSO DE AMPARO
La acción de amparo prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero es un remedio excepcional que requiere la demostración objetiva de una demora infundada y excesivamente prolongada imputable al servicio aduanero que cause perjuicio al administrado
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de amparo interpuesto contra la demora prolongada y presuntamente excesiva de la Dirección General de Aduanas en resolver procedimientos administrativos de repetición iniciados para obtener la devolución de tributos abonados en operaciones de exportación. Se examinan los antecedentes administrativos y las actuaciones de la empresa solicitante, que inició los trámites en octubre de 2021 y, luego de más de dos años, recibió una intimación para ratificar y adecuar su presentación, a la que respondió. El Tribunal evalúa la existencia de una demora imputable a la administración, la relevancia de la intimación recibida, y la procedencia del amparo en virtud de la existencia de perjuicio para el administrado. En su análisis, se consideran estándares para medir demoras administrativas y criterios interpretativos sobre la aplicación del artículo 1160 del Código Aduanero, ponderando la inacción administrativa y la respuesta del administrado en el contexto del acceso a la jurisdicción y la tutela de derechos constitucionales.
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