SADESA SOCIEDAD ANONIMA c/ Dirección General de Aduanas s/ recurso de amparo
La demora excesiva en la tramitación administrativa debe ser probada junto con el perjuicio al derecho del sujeto y la previa solicitud de pronto despacho para la procedencia del recurso de amparo previsto en el art.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la procedencia de un recurso de amparo interpuesto por una empresa contra la Dirección General de Aduanas debido a la demora excesiva en la resolución de un procedimiento de repetición tributaria iniciado en 2021. La empresa había solicitado en varias oportunidades el pronto despacho del trámite y cumplido con las intimaciones administrativas para ratificar y certificar sus presentaciones. El Tribunal analizó si se configuraba la demora excesiva prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero, considerando el tiempo transcurrido sin movimientos efectivos en el expediente, la ausencia de fundamentos administrativos para las demoras y el perjuicio ocasionado a la actora por la incertidumbre generada. El análisis se desarrolló en torno a la interpretación del requisito legal para la procedencia del amparo por mora, el estado procesal administrativo, la razonabilidad temporal y la función de las intimaciones requeridas por la administración, así como estándares jurisprudenciales sobre defensa en juicio y acceso a jurisdicción efectiva.
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